Del ASPO al DISPO en AMBA
PREPARARSE PARA LA REANUDACIÓN DE LOS PLAZOS ADMINISTRATIVOS

 

Buenos Aires, 8 de Noviembre de 2020

 

El sábado 7 de octubre de 2020 se publicaron en el boletín oficial los Decretos 875/2020 y 876/2020 en el marco de la emergencia sanitaria nacional – COVID 19.

Según el decreto 876/2020 se prorroga la suspensión de los plazos en los procesos administrativos regulados por la ley de procedimientos administrativos (Ley 19.549) y los procesos especiales desde el 9-11-2020 hasta el 29-11-2020 inclusive.

De la lectura del Decreto 876/2020, se desprende que a partir del 30-11-2020 se reanudarían la totalidad de los plazos suspendidos desde el inicio de la “cuarentena” el 20 de marzo de 2020. Esta interpretación surge de analizar y comparar los sucesivos decretos dictados prorrogando la suspensión de plazos en los procesos administrativos.

El decreto 876/2020, a diferencia de los antecesores decretos de suspensión de plazos, prevé en el art. 4 de manera específica la reanudación de los plazos a partir del 30-11-2020, con el siguiente alcance:

“ … ARTÍCULO 4°.- Reanúdase, a partir del 30 de noviembre de 2020, el curso de los plazos, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O. 2017 y por otros procedimientos especiales que fueran oportunamente suspendidos por el Decreto N° 298/20 y sus complementarios.

Con el fin de dar estricto cumplimiento a lo estipulado en el presente artículo, las áreas administrativas correspondientes de cada jurisdicción deberán adoptar las medidas necesarias a efectos de preservar la salud tanto de los administrados y las administradas que concurren a las mismas, como de los trabajadores y las trabajadoras que allí prestan servicios, así como asegurar una adecuada atención -en guardias mínimas-, previendo las medidas conducentes a evitar aglomeraciones o la excesiva concentración de personas …”

Entendemos que esta reanudación de los plazos, quedará sujeta a que no cambien las condiciones de distanciamiento en AMBA, establecidas en el Decreto 875/2020.

Esta reanudación de plazos a partir del 30-11-2020 impactará, entre otros, en los expedientes administrativos del Régimen de Promoción de Software (LPS) en los cuales, de mantenerse la reanudación dispuesta, comenzarán a correr los plazos suspendidos desde el 20 de marzo de 2020, por lo cual las empresas deberán completar aquellas cuestiones que quedaron sujetas a la reanudación de los plazos administrativos.

Sin otro particular, los saluda atentamente

 

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