News #2 – AÑO 2020

Buenos Aires, 20 de enero de 2020

ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO – SUSPENSIÓN DE PROCESOS – ESTADO DE SITUACIÓN

En el día de la fecha, se publicó en el boletín oficial la Resolución 30/2020 que establece:

A.- la suspensión del Régimen de Promoción de Economía del Conocimiento, con el siguiente alcance:

1) Derogar la Resolución 449/2019 que establecía los formularios y criterios para la presentación en el régimen de promoción de la Economía del Conocimiento.

2) Suspender el análisis de las notas presentadas por las empresas que se encontraban inscriptas en el régimen de promoción de software y ejercieron la opción de continuidad en la LEC antes del 31/12/2019.

3) Suspender el plazo que establecía la Res.449/2019 para que las empresas de LPSpresenten los formularios de adecuación a la LEC antes del 30/06/2020.

4) No se establece plazo para la suspensión.

B.- No presentación de solicitudes de inscripción.

Al derogar la resolución de los formularios, se limita la posibilidad de realizar solicitudes de inscripción en la LEC hasta tanto se dicte la nueva reglamentación.
La Res. 30/2020 no establece un plazo dentro del cuál se prevé que estaría vigente la nueva reglamentación. Es posible que en las próximas semanas este plazo se aclare.

C- Autoridad de aplicación

En línea con la nueva ley de ministerios, se establece que la autoridad de aplicación del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento será SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

D.- Consideraciones generales

Si bien se suspenden transitoriamente las presentaciones y solicitudes de inscripción, es importante mencionar que no se ha derogado el régimen de promoción de la Economía del Conocimiento, el que sigue vigente.

Es de esperar que esta suspensión sea transitoria, hasta tanto estén definidos los nuevos formularios y eventualmente los criterios de presentación.
Respecto de las empresas que pasaron de LPS a LEC es posible que se suspendan los beneficios hasta que la LEC se encuentre operativa nuevamente y sería esperable que luego los beneficios se concedan de manera retroactiva al 1-01-2020.

Si bien el régimen se encuentra suspendido en cuanto a la posibilidad de incorporarse, es importante tener presente que la suspensión es temporal, ya que la resolución 30/2020 específicamente establece que se suspenden los plazos para analizar y procesar las solicitudes de adhesión al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento hasta el momento en que sea dictada la normativa complementaria correspondiente.

Si bien es posible que los formularios cambien y eventualmente algún criterio también. Las empresas pueden trabajar durante este tiempo para analizar su situación frente a los requisitos de encuadre y las métricas de modo tal que al momento de realizar la presentación exista consistencia entre lo declarado y la documentación de respaldo.
Las empresas ya pueden ir preparando y recolectando la información para presentar en cuanto el trámite se encuentre habilitado.
Desde Pra- Abogados, nos encontramos a disposición para asistirlos en este proceso y los mantendremos informados sobre la habilitación del trámite en la plataforma T.A.D y los nuevos parámetros para presentarse.

 

 

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